Aproximación al sentido y alcance del artículo 8.2 del Convenio Europeo sobre indemnizaciones a víctimas de delitos violentos de 1983tensiones con el principio de legalidad

  1. Muñagorri Laguía, Ignacio
  2. Pérez Machío, Ana Isabel
Revista:
Revista Vasca de Administración Pública. Herri-Arduralaritzako Euskal Aldizkaria

ISSN: 0211-9560

Año de publicación: 2014

Título del ejemplar: Homenaje a Demetrio Loperena y Ramón Martín Mateo

Número: 99-100

Páginas: 2107-2128

Tipo: Artículo

DOI: 10.47623/IVAP-RVAP.99.100.2014.091 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

El reconocimiento de la condición de víctima de terrorismo (en el sentido más amplio del término) y, por ende, de la concesión de las correspondientes indemnizaciones, así como la actualización de las mismas, se condiciona en la práctica, a nivel estatal, como consecuencia de la interpretación de la aplicación y contenido del artículo 8.2 del Convenio Europeo sobre indemnizaciones a víctimas de delitos violentos de 1983 que, desde el Ministerio de Interior, está realizando la Dirección General de Apoyo a las víctimas del terrorismo. Las tensiones suscitadas entre esta interpretación y el principio de legalidad, cuestiona, a nuestro modo de ver, como se tendrá ocasión de comprobar en el presente trabajo, la constitucionalidad misma de la concreta aplicación del Convenio mencionado.

Referencias bibliográficas

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