El consentimiento del interesado¿una herramienta adecuada?

  1. Idoia Landa Reza 1
  1. 1 Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea
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    Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea

    Lejona, España

    ROR https://ror.org/000xsnr85

Revista:
Revista Caribeña de Ciencias Sociales (RCCS)

ISSN: 2254-7630

Año de publicación: 2021

Título del ejemplar: Aportaciones de Jóvenes Investigadores

Número: 0

Páginas: 1-14

Tipo: Artículo

DOI: 10.51896/CARIBE/WSFJ4576 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openDialnet editor

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Resumen

Desde su incepción, el consentimiento del interesado ha constituido el núcleo del sistema europeo de protección de datos. Aunque pueda verse como una base legitimadora más del ordenamiento, lo ciertos es que, hasta la fecha, las normas declaran que el consentimiento del interesado constituye la principal herramienta que legitima el tratamiento de los datos personales. Mediante el mismo, se ha querido asegurar que sea la persona, desde su libertad individual, la que decida cómo, cuándo y para qué se tratarán sus datos personales. En este sentido, es importante recordar que el consentimiento del interesado ha sido creado para proporcionar a cada persona un control sobre su información personal. Con todo, el valor del consentimiento como instrumento de control y de protección del interesado ha sido criticado debido a que el desarrollo que se ha producido en los últimos años ha banalizado la prestación de dicho consentimiento a través de formas más blandas que llevan a prestarlo casi por defecto. Por ello, en los tiempos en los cuales la obtención y análisis masivo de datos es una práctica habitual, cabe preguntarse si realmente el consentimiento sigue siendo una herramienta adecuada para proteger la autodeterminación informática del sujeto en un mundo dominado por las TIC o por el contrario debemos considerarla una herramienta obsoleta que es preciso sustituir o al menos complementar.

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