La potestad de la Administración para exigir la reparación de los daños ambientales

  1. PINILLA RODRIGUEZ, FRANCISCO ANDRES
Zuzendaria:
  1. Luciano José Parejo Alfonso Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Carlos III de Madrid

Fecha de defensa: 2009(e)ko iraila-(a)k 15

Epaimahaia:
  1. Tomás de la Quadra-Salcedo Fernández del Castillo Presidentea
  2. Ángel Manuel Moreno Molina Idazkaria
  3. Demetrio Loperena Rota Kidea
  4. Manuel Rebollo Puig Kidea
  5. Andrés Betancor Rodríguez Kidea

Mota: Tesia

Laburpena

El objetivo de este trabajo de investigación, radica en el estudio de aquella potestad administrativa destinad a exigir la reparación de daños al medio ambiente. El ordenamiento español contempla esta figura en variadas materias en donde la actividad administrativa es de relevancia. Para dar contenido medio ambiental de esta potestad, la hemos limitado a los bienes o intereses que tienen una influencia sustancial en el medio ambiente y en donde, al mismo tiempo, la acción de la Administración destinada a imponer la reparación se ha situado. Por lo que se advierte un tratamiento restrictivo dirigido a los bienes a los bienes relacionados con el dominio público hidráulico y marítimo-territorial; al suelo, independientemente de su conformación jurídica, y los recursos naturales relativos a la flora y la fauna protegida. Junto con la ausencia de construcción dogmática de esta figura tan excepcional, estimula su examen el tratamiento que ha introducido la reciente Ley 26/2007, de este 23 de octubre, sobre responsabilidad medioambiental. Esta última norma prevé un sistema en donde la Administración juega un rol determinante, precisamente, en la apreciación de la responsabilidad como los medios para exigir la obligación de reparación.