La justicia ciudadana en la monarquía hispanaEl modelo sevillano

  1. Tizón Ferrer, María del Mar
Zuzendaria:
  1. Jesús Vallejo Fernández de la Reguera Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad de Sevilla

Fecha de defensa: 2016(e)ko otsaila-(a)k 05

Epaimahaia:
  1. Bartolomé Clavero Salvador Presidentea
  2. Antonio Merchán Alvarez Idazkaria
  3. Carlos Tormo Camallonga Kidea
  4. Carlos Antonio Garriga Acosta Kidea
  5. José María Portillo Valdés Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 396476 DIALNET lock_openIdus editor

Laburpena

El complejo entramado jurisdiccional castellano bajomedieval tiene una de sus expresiones más características en la dialéctica entre la justicia ciudadana y la justicia regia en un contexto político de creciente intervencionismo regio. Desde esta perspectiva, este trabajo pretende realizar una aportación históricojurídica en torno al estudio de la problemática jurisdiccional bajomedieval a través del análisis del derecho propio en materia judicial de la que fue una de las ciudades más relevantes de la Corona de Castilla: Sevilla. La investigación aquí desarrollada se vertebra en torno al estudio del modelo jurisdiccional hispalense, la posterior evolución de determinados aspectos de la justicia de apelación sevillana en la Monarquía hispánica, así como el análisis del grado de transposición de dicho modelo en dos ciudades castellanas con las que mantuvo una vinculación jurídica destacable: Carmona y Murcia. En orden a delimitar el objeto de estudio, es necesario realizar una serie de consideraciones previas. El presente trabajo bascula entre la jurisdicción real y la jurisdicción municipal durante un período cronológico que se circunscribe principalmente al bajomedieval, extendiendo el desarrollo de determinados aspectos orgánicos e institucionales de la justicia de la Monarquía hispánica. Nos centraremos en el análisis de la jurisdicción común1, específicamente en la justicia de alzada o de apelación dentro del ámbito geopolítico considerado2. Quedan fuera de los límites de este trabajo por tanto, salvo referencias incidentales, las jurisdicciones especiales y los oficios que ejercieron principalmente funciones judiciales en la primera instancia. Para abordar el análisis del modelo jurisdiccional sevillano, se ha estructurado el contenido del trabajo de investigación doctoral en tres partes diferenciadas.