Del extraordinario poder de las magistradas/os de los juzgados de lo social a través de su convicción fáctica. Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 325/2022, de 6 de abril
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Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea
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Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea
Lejona, España
ISSN: 2792-8314, 2792-8322
Año de publicación: 2022
Número: 470
Páginas: 192-196
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF
Resumen
Las tradicionales peculiaridades de la justicia social se mantienen y defienden hoy en día a través de, entre otras herramientas procesales y procedimentales, la ausencia del ordinario recurso de apelación. Se confía en la decisión emitida en la instancia y, de su mano, el extraordinario recurso de suplicación solo admite la revisión de los hechos declarados probados por los juzgados de lo social a la vista de pruebas documentales y periciales practicadas. El concepto de documento evoluciona sin parar con las tecnologías; sin embargo, la doctrina judicial social restringe su ampliación sacrificando quizás, en ocasiones, la justicia material.