Del extraordinario poder de las/os magistradas/osde los juzgados de lo sociala través de su convicción fácticaComentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 325/2022, de 6 de abril

  1. Ana Isabel Zapirain Bilbao 1
  1. 1 Universidad del País Vasco (EHU/UPV)
Revista:
CEFGestión: Revista de actualización empresarial

ISSN: 1139-4986

Año de publicación: 2022

Número: 288-289

Páginas: 79-82

Tipo: Artículo

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Resumen

Las tradicionales peculiaridades de la justicia social se mantienen y defienden hoy en día a través de, entre otras herramientas procesales y procedimentales, la ausencia del ordinario recurso de apelación. Se confía en la decisión emitida en la instancia y, de su mano, el extraordinario recurso de suplicación solo admite la revisión de los hechos declarados probados por los juzgados de lo social a la vista de pruebas documentales y periciales practicadas. El concepto de documento evoluciona sin parar con las tecnologías; sin embargo, la doctrina judicial social restringe su ampliación sacrificando quizás, en ocasiones, la justicia material.