Creación de un fondo estatal para atender los vencimientos de deuda de Comunidades Autónomas y evitar el default(Real Decreto-Ley 21/2012)

  1. Lozano Cutanda, Blanca
Revista:
Diario La Ley

ISSN: 1989-6913

Año de publicación: 2012

Número: 7903

Tipo: Artículo

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Resumen

El RDL 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones Públicas y en el ámbito financiero (publicado en el BOE de 14 de julio y pendiente de convalidación por el Congreso), ha arbitrado una medida extraordinaria de financiación por el Estado para que algunas Comunidades Autónomas con graves problemas de liquidez puedan atender sus vencimientos de deuda pública. No se trata, como pretendían algunas Comunidades Autónomas, de que el Estado avale las emisiones de deuda autonómicas mediante la fórmula de los «hispanobonos» (1), sino de que les financie para que puedan hacer frente a los vencimientos pendientes a fin de evitar el temido default. Estamos, en otras palabras, ante un «rescate» en toda regla, en el que el Estado otorga crédito a las autonomías que lo necesiten a cambio de que se sometan a un estricto plan de ajuste sometido a la supervisión y control del Gobierno central, con la posibilidad, en último extremo, de aplicar medidas coercitivas para su cumplimiento ex art. 155 de la Constitución. El sistema arbitrado es muy similar al que se puso en marcha a principios de año para el pago a proveedores (2), aunque los objetivos para los que se concede la financiación estatal sean distintos. Se trata, en ambos casos, de medidas extraordinarias previstas por el Gobierno central para auxiliar a las Administraciones con dificultades financieras, que entrañan una excepción del principio de responsabilidad consagrado en el art. 8 Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, pero que cuentan con una expresa apoyatura legal en la disposición adicional primera de la propia Ley Orgánica, en la que se regulan los «mecanismos adicionales de financiación para las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales».