La expresión artística y la tutela de los sentimientos religiosos
ISSN: 1887-3243
Año de publicación: 2017
Número: 12
Páginas: 193-212
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Derecho y religión
Resumen
Las expresiones artísticas pueden provocar todo tipo de sensaciones y de sentimientos, incluyendo la ofensa de las convicciones religiosas del receptor. Tradicionalmente, nuestro ordenamiento ha venido protegiendo los sentimientos religiosos de la confesión oficial del Estado. Tras la aprobación de la Constitución española de 1978, la tutela de los sentimientos religiosos se mantiene en el vigente Código Penal, pero modificando la perspectiva desde la que se realiza esta protección. En los últimos años se vive un florecimiento de los supuestos conflictivos conocidos por nuestros órganos jurisdiccionales entre la libertad artística y los sentimientos religiosos, debiendo encontrar los operadores jurídicos el equilibrio entre la defensa de la libertad de expresión en todas sus manifestaciones y la lucha contra el lenguaje del odio en busca de una convivencia armónica entre distintos en nuestra sociedad multicultural del Siglo XXI.
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