Algunas reflexiones en torno a la sentencia Negrepontis-Giannisis contra Grecia y la jurisprudencia reciente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de reconocimiento de decisiones judiciales extranjeras

  1. Velázquez Gardeta, Juan Manuel
Revista:
Revista Vasca de Administración Pública. Herri-Arduralaritzako Euskal Aldizkaria

ISSN: 0211-9560

Año de publicación: 2014

Título del ejemplar: Homenaje a Demetrio Loperena y Ramón Martín Mateo

Número: 99-100

Páginas: 2989-3004

Tipo: Artículo

DOI: 10.47623/IVAP-RVAP.99.100.2014.125 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos abre en su sentencia Negrepontis-Giannisis c. Grecia una vía de ampliación de las posibilidades a la libre circulación de decisiones extranjeras como un derecho derivado del derecho a un proceso equitativo reconocido en el art. 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La evolución de esta línea jurisprudencial del TEDH arranca con las decisiones Wagner y J.M.W.L. c. Luxemburgo y McDonald c. Francia pero en la que nos ocupa se produce un avance considerable porque no se ata el derecho al reconocimiento a otro derecho sustantivo sino que se plantea como un derecho en sí mismo. Además se establecen notables consideraciones en cuanto a la excepción de orden público como freno a la ejecución de decisiones judiciales extranjeras y se suaviza su efecto. Es especialmente interesante para su aplicación en aquellas decisiones que escapan del ámbito de aplicación de los correspondientes reglamentos de la UE donde desaparece el exequátur como procedimiento ad hoc pero se mantiene la posibilidad de oposición al reconocimiento por la parte afectada. En este sentido, los argumentos utilizados por el TEDH en Negrepontis son de especial relevancia, teniendo en cuenta el carácter inspirador del Derecho de la Unión que tiene el CEDH y por ende de la interpretación que dicho tribunal haga de su articulado.