El método interpretativo de Von Savigny en el análisis de la legislación educativa: un estudio de casos sobre el currículo de Primaria

  1. López de Sosoaga López de Robles, Alfredo
Revista:
Revista de educación y derecho = Education and law review

ISSN: 2013-584X 2386-4885

Año de publicación: 2014

Número: 9

Tipo: Artículo

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Resumen

El método interpretativo jurídico más conocido es el propuesto por Friedrich Karl von Savigny en el siglo XIX. Numerosos expertos jurídicos afirman que es un método que mantiene su vigencia dentro de la denominada interpretación doctrinal o científica de una ley. En él se analiza el contexto lingüístico, el sistémico y el funcional de una norma jurídica. En primer lugar, el objeto de estudio del contexto lingüístico es el lenguaje empleado por el legislador para comunicar el sentido de lo legislado. En segundo lugar, el estudio del contexto sistémico ayuda a desentrañar la coherencia de una norma, su incoherencia y sus posibles lagunas con respecto a lo legislado por el conjunto del ordenamiento jurídico, sobre todo su relación con las leyes precedentes de mayor rango. En tercer lugar, el análisis del contexto funcional de una ley permite conocer cuáles son los objetivos perseguidos para su establecimiento. En cierto sentido, supone saber cuál es la génesis del decreto, cuál es su filosofía, su argumentación o su fundamentación científica. Para ilustrar las ventajas y desventajas de este método en un caso concreto se estudia el decreto 237/1992 en el que se establece el currículo de la Educación Primaria en el País Vasco y que ha dirigido la actuación del profesorado de esa etapa en el País Vasco hasta su derogación en 2007. El análisis lingüístico de este decreto demuestra que su redacción es clara y su lectura asequible, a pesar de que existe una ambigüedad y una vaguedad. En el análisis sistémico también se han detectado luces y sombras, pero, en general se pone de manifiesto la coherencia interna entre el articulado y las leyes precedentes. Por último, el análisis del contexto funcional demuestra su coherencia interna y pone de manifiesto las fuentes científicas de las que bebe el decreto.

Referencias bibliográficas

  • Ausubel, D. P. (2002). Adquisición y retención del conocimiento: una perspectiva cognitiva. Barcelona: Paidós.
  • Ausubel, D. P., H. Hanesian, M. Sandoval Pineda y Novak J. D. (1983). Psicología cognoscitiva: un punto de vista educativo. México: Trillas.
  • Ballesteros, A. (1933). El método Decroly. Madrid: Publicaciones de la Revista de Pedagogía.
  • Bobbio, N. (1991). Teoría general del derecho. Madrid: Debate.
  • Bolívar Botia, A. (1999). Modelos de diseño curricular de corte crítico y posmoderno: descripción y balance. En Escudero, J. M. (Ed.). Diseño, desarrollo e innovación del currículum (pp. 145-162). Madrid: Síntesis.
  • Carr, W. y Kemmis, S. (1988). Teoría crítica de la enseñanza. Barcelona: Martínez Roca. Carretero, M. (1993). Constructivismo y educación. Zaragoza: Edelvives.
  • Cole, M. (1999). Psicología cultural: una disciplina del pasado y del futuro. Madrid: Morata.
  • Coll, C. (1987). Psicología y currículum : un aproximación psicopedagógica a la elaboración del currículum escolar. Barcelona: Laia.
  • Coll, C. (1988). Una perspectiva psicopedagógica sobre el currículum escolar. En Coll, C., Gimeno, J., Santos M. A. y Torres, J. (Ed.). El marco curricular en una escuela renovada (pp. 11-31). Madrid: Editorial Popular y Ministerio de Educación y Ciencia.
  • Contreras Peláez, F.J. (2005). Savigny y el historicismo jurídico. Madrid: Tecnos.
  • Cubero Pérez, R. y Luque Lozano, A. (2004). Desarrollo, Educación y Educación Escolar: la Teoría Sociocultural del Desarrollo y del Aprendizaje. En Marchesi, A., Palacios, J. y Coll, C. (Coord.). Desarrollo Psicológico y Educación (pp. 127-155). Madrid: Alianza Editorial.
  • Decroly, O. (1929). Introducción. En van. Gorp, A., Simon, F., Depaepe, M. y Monés, J. (2006). La función de globalización y la enseñanza y otros ensayos (pp. 13-44). Madrid: Ministerio de Educación y Ciencia.
  • Dewey, J. (1997). Mi credo pedagógico. León, Universidad de León.
  • Dewey, J. (1995). Democracia y educación: una introducción a la filosofía de la educación. Madrid: Morata.
  • Durkheim, E. (1996). Educación y sociología. Barcelona: Península.
  • Eggleston, J. (1980). Sociología del currículo escolar. Buenos Aires, Troquel.
  • Estebaranz García, A. (1999). Didáctica e innovación curricular. Sevilla: Universidad de Sevilla. Secretariado de Publicaciones.
  • Garrido, J. (1993). Adaptaciones curriculares. Guía para los Profesores Tutores de Educación Primaria y de Educación Especial. Madrid: Editorial CEPE.
  • Grau, E. (2007). Interpretación y aplicación del Derecho. Madrid: Dykinson.
  • Hernández Marín, R. (1989). Teoría general del derecho y de la ciencia jurídica. Barcelona: Promociones y Publicaciones Universitarias.
  • Hernández Marín, R. (1999). Interpretación, subsunción y aplicación del derecho. Madrid: Marcial Pons Ediciones Jurídicas y Sociales.
  • Huerta Ochoa, C. (2006). Savignyen el contexto actual de la interpretación. En González Martín, N. (Coord.). Estudios jurídicos en homenaje a Marta Morineu. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
  • Igartua Salaverría, J. (1994). Teoría analítica del Derecho La interpretación de la Ley. Oñati: Instituto Vasco de Administración Pública.
  • Kelsen, H. (1997). Teoría pura del derecho. México: Porrúa.
  • Kilpatrick, W. H., Rugg, H., Washbrune, C. y Bonner, F. G. (1967). El nuevo programa escolar. Buenos Aires: Losada.
  • Larenz, K. (1994). Metodología de la ciencia del Derecho. Barcelona: Ariel.
  • Marchesi, Á. (2001). Presente y futuro de la reforma educativa en España. En Revista Iberoamericana de Educación (pp. 57-76). Madrid: Organización de Estados Iberoamericanos (OEI): E-Libro.
  • Martín, E. (1988). Las adaptaciones curriculares en la Educación Primaria. En VV.AA. Las adaptaciones curriculares y la Formación del Profesorado (pp.25-35). Madrid: Ministerio de Educación y Ciencia.
  • Mendonça, D. (1997). Interpretación y aplicación del derecho. Almería: Universidad, Servicio de Publicaciones.
  • Monereo Pérez, J. L. (2005). Historicismo y ciencia del derecho en Savigny. En Savigny, F.C. von. y Monereo, J. L. (Dir.). Tratado de la posesión: según los principios del Derecho romano (I-XLV). Granada, Comares.
  • Morelli, M. G. (2005). Derecho, historia, lengua y cultura en el pensamiento de Savigny. En Revista del Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social, nº 28 (pp. 69-100).
  • Muro, M. Á. (1997). El comentario de texto: Problemática, metodología y práctica. Logroño: Universidad de La Rioja.
  • Rodríguez Paniagua, J. M. (1976). Ley y derecho: interpretación e integración de la ley. Madrid: Tecnos.
  • Ruiz Manero, J. (2005). Algunas concepciones del derecho y sus lagunas. EnVV.AA.. Lagunas en el derecho (pp. 103-126). Madrid: Marcial Pons.
  • Rückert, J. (2004). Friedrich Carl von Savigny. Juristas universales. Juristas del s. XIX. Madrid: Marcial Pons. Ediciones Jurídicas y Sociales. Tomo III.
  • Savigny, F. K. v. (1878-1879). Sistema del derecho romano actual. Madrid: F. Góngora y Compañía.
  • Savigny, F. C. v. (1977). De la vocación de nuestro siglo para la legislación y la ciencia del derecho. Buenos Aires: Heliasta.
  • Savigny, F. K. V. (1994). Metodología jurídica. Buenos Aires: Depalma.
  • Solé, I. (1993). Disponibilidad para el aprendizaje y sentido del aprendizaje. En VV.AA. El constructivismo en el aula (pp. 25-46). Barcelona: Graó.
  • Stenhouse, L. (1984). Investigación y desarrollo del currículum. Madrid: Morata.
  • van Gorp, A., Simon, F., Depaepe, M. y Monés, J. (2006). La función de globalización y la enseñanza y otros ensayos. Madrid: Ministerio de Educación y Ciencia.
  • Vygotski, L. S. y Piaget, J. (1985). Pensamiento y lenguaje: teoría del desarrollo cultural de las funciones psíquicas. Buenos Aires: La Pléyade.
  • Wróblewski, J. (1985). Constitución y teoría general de la interpretación jurídica. Madrid: Civitas.