El derecho de información a los trabajadores y a sus representantes resultante del deber de información previo, como garantía del derecho a la protección de datos y como límite al ejercicio de las facultades de dirección y control de la empresa en relación con la instalación y el uso de dispositivos digitales en el contexto de la relación laboral

  1. EDURNE TERRADILLOS ORMAETXEA
Revista:
Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

ISSN: 1696-9626

Año de publicación: 2021

Número: 58

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Resumen

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), aprobada a finales de 2018, inauguró nuevos espacios de actuación de los representantes colectivos del personal laboral que permiten acotar el amplio margen que puede derivarse de un uso ilimitado y/o abusivo de los datos personales de los trabajadores por parte de la empresa. Partiendo de la legislación relativa a los derechos de información y consulta existente antes de la aprobación de dicha ley orgánica, se valorará la novedad cualitativa que representan esos otros derechos en cuanto a garantía y reserva del derecho a la protección de datos. El trabajo se enfoca a situaciones concretas en las que la empresa utiliza dispositivos digitales para controlar la actividad laboral, o en las que accede a los dispositivos facilitados al trabajador para realizar su prestación de trabajo. La regulación jurídica de la grabación de imágenes en las que se capta al trabajador en “comisión flagrante de actos ilícitos” ocupará asimismo un lugar destacado en las páginas siguientes. En tanto que la información previa que se analiza en este trabajo es parte del contenido esencial del derecho a la protección de datos, el juicio de proporcionalidad de la medida empresarial contará también con nuestra atención. En breve, el trabajo pretende poner de relieve el alcance del deber de información previo ínsito en el derecho de protección de datos, deber que en la ley española se proyecta sobre los trabajadores y sus representantes.

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