Naturaleza jurídica de las plataformas digitales.

  1. Aitor Zurimendi Isla
  2. Ainhoa Fernández García de la Yedra
Revista:
Revista General de Derecho de los Sectores Regulados: RSR

ISSN: 2603-6444

Año de publicación: 2020

Número: 6

Tipo: Artículo

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Resumen

En los últimos años la irrupción de plataformas digitales que ordenan mercados ha transformado los mismos y ocasionado conflictos sociales y jurídicos especialmente cuando desempeñan su actividad en sectores regulados, planteándose dudas sobre su naturaleza jurídica y si deben cumplir ciertos requisitos de índole administrativa para operar. Se discute si son servicios de sociedad de la información que se dedican a intermediar entre oferentes y demandantes o si por el contrario es un oferente de servicios y no un mero intermediario. En función de lo uno o lo otro la relación jurídica con el usuario y las obligaciones derivadas de la misma será diversa. Asimismo, se debate en torno a la calificación de la relación de la plataforma con el proveedor de los servicios, puesto que puede llegar a ser una relación de mera intermediación, o bien una subcontratación del servicio que la plataforma ha prometido al usuario o incluso un contrato de trabajo. Pero aunque todas estas plataformas tengan como punto en común la disrupción de los mercados, las cláusulas contractuales que les unen con las partes y sus formas de actuación son muy diversas, por lo que las respuestas a las anteriores preguntas deberá ser individualizada para cada plataforma en concreto y para un momento determinado, teniendo en cuenta precisamente que si se alteran esas cláusulas o esa forma de actuación podrán cambiar también las distintas calificaciones jurídicas. En este trabajo se pretende dar respuesta a los anteriores interrogantes sistematizando las distintas clases de hipótesis y establecer los criterios determinantes para obtener dichas respuestas.