El concepto de empleador en el Reglamento (CE) 883/2004. A propósito de los conductores de vehículos de transporte por carretera. Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 16 de julio de 2020

  1. ELISABET ERRANDONEA ULAZIA
Revista:
Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

ISSN: 1696-9626

Año de publicación: 2020

Número: 57

Tipo: Artículo

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Resumen

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que se estudia en el presente trabajo se refiere a la interpretación que debe hacerse del concepto de “empleador” que recoge el Reglamento (CE) 883/2004 y del concepto de “empresa” que recoge el Reglamento (CEE) 1408/71. Se trata de un asunto que afecta a conductores de vehículos de transporte por carretera que ejercen su actividad en más de un Estado miembro de la Unión europea y/o del espacio económico europeo. La interpretación realizada por dicho Tribunal llevará a determinar cuál es la legislación aplicable a dichos trabajadores: la del Estado en la que tiene su sede la empresa con la que se firmaron los contratos de trabajo, o bien, la del Estado de las empresas bajo cuya dirección realizaron su prestación de servicios.

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