Reconsiderando el ejercicio del derecho de separación en caso de falta de distribución de dividendos. Su posible enervación por la sociedad
- 1 Universidad del país vasco UPV-EHU
ISSN: 1139-7179
Año de publicación: 2020
Número: 53
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista Aranzadi de derecho patrimonial
Resumen
El artículo 348 bis LSC fue objeto de una importante reforma a finales de 2018, que dejó sin resolver algunos interrogantes, entre los que se encuentra la posibilidad de que la sociedad prive de eficacia al derecho de separación una vez ejercitado por el socio. Desde hace décadas, la mayoría de nuestra doctrina prácticamente ha dado por supuesta esta posibilidad. Sin embargo, la solución adoptada por la STS de 23 de enero de 2006, en relación con un supuesto de separación voluntaria por modificación estatutaria del régimen de transmisión de participaciones sociales, ha resultado concluyente en la posición adoptada por la práctica totalidad de las sentencias dictadas por Audiencias Provinciales respecto de una eventual enervación del derecho de separación por falta de distribución de dividendos. La discrepancia existente entre doctrina y jurisprudencia justifica el análisis de este tema.