Aciertos y fracasos en la contención de la proliferación de vivienda en Suelo No Urbanizableel ejemplo vasco

  1. Juan Cruz Alberdi Collantes
Revista:
Práctica urbanística: Revista mensual de urbanismo

ISSN: 1579-4911

Año de publicación: 2017

Título del ejemplar: Núcleos rurales

Número: 148

Tipo: Artículo

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Resumen

Las Directrices de Ordenación Territorial (1997) en la medida en que apuestan por frenar la especulación y la sostenibilidad del medio, legislan sobre el tratamiento que se le ha de aportar al suelo no urbanizable. No alteran sustancialmente la regulación del suelo rural pero si incorporan nuevas obligaciones dirigidas a frenar la intensidad de la urbanización en este suelo. Se regula la construcción de nueva vivienda, el desarrollo urbanístico de núcleos y barrios rurales y se obliga a profundizar en la calificación del suelo no urbanizable. Los resultados, sin embargo, no han sido muy halagüeños, y no han podido preservar este medio de la presión inmobiliaria que en el territorio imperaba. Como consecuencia, el parque de viviendas en suelo no urbanizable se incrementa ostensiblemente en apenas diez años. La Ley del suelo del País Vasco del año 2006, trata de corregir algunas de las deficiencias de las DOT, limitando las posibilidades de construcción de vivienda en el suelo no urbanizable, tendencia en la que profundiza el Avance de las nuevas DOT que se están elaborando