La discriminación por razón de la edad en el acceso a los cuerpos de policíaSTJUE de 15 de noviembre de 2016, asunto C-258/15: Salaberría Sorondo

  1. Carmen Agoués Mendizábal
Revista:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Año de publicación: 2017

Número: 45

Tipo: Artículo

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Resumen

En la sentencia de 15 de noviembre de 2016 el TJUE declara que el límite de edad de 35 años para el acceso a la Escala Básica de la Policía de la Comunidad Autónoma vasca (Ertzaintza) puede estar justificado en atención a los criterios estructurales o de carrera del propio Cuerpo de policía . El objetivo de mantener el carácter operativo y el buen funcionamiento del servicio de policía exige que la posesión d e l a s capacidades físicas específicas no deba entenderse de manera estática sino teniendo en cuenta los años de servicio que prestará el agente después de ser seleccionado