Legitimación para formular la declaración unilateral de aceptación de la competencia de la CPI (artículo 12.3 ECPI) y alcance de la misma

  1. Bollo Arocena, María Dolores
Libro:
Crímenes internacionales y justicia penal. Principales desafíos
  1. Orihuela Calatayud, Esperanza (coord.)

Editorial: Cizur Menor (Navarra): Aranzadi

ISBN: 9788491352747

Año de publicación: 2016

Páginas: 227-264

Tipo: Capítulo de Libro

Resumen

El artículo 12.3 del Estatuto de la Corte Penal Internacional permite a los Estados no parte en el tratado formular una declaración unilateral de aceptación de la competencia de la Corte, pero sin llegar a manifestar su consentimiento en obligarse por el tratado en su conjunto. El presente trabajo aborda el estudio de la disposición a la luz de la práctica surgida desde su formulación estatutaria y las interesantes cuestiones que su aplicación ha planteado en relación con aspectos tales como la legitimación para emitir la declaración, el alcance material, temporal, territorial y subjetivo de la misma. Las declaraciones emitidas hasta el momento en nombre de Costa de Marfil, Uganda, Palestina, Ucrania, e incluso Egipto, y la respuesta ofrecida por la CPI a las distintas cuestiones anteriormente referidas permiten vislumbrar una disposición llena de posibilidades no sólo para los Estados que aún no han ratificado el tratado sino también para los 124 Estados que ya lo han hecho.