La naturaleza jurídica de las juntas arbitrales de consumo. Según el real decreto 636/1993, de 3 de mayo
- RODRÍGUEZ RODRIGUEZ JOSE LUIS
- Antonio María Lorca Navarrete Director/a
Universidad de defensa: Universidad del País Vasco - Euskal Herriko Unibertsitatea
Fecha de defensa: 19 de diciembre de 2005
- Pablo Saavedra Gallo Presidente/a
- José Angel Ruiz Jiménez Secretario/a
- Manuel Lozano-Higuero Pinto Vocal
- Sergio La China Vocal
- David Vallespín Pérez Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
El propósito de este estudio es investigar la naturaleza jurídica de las Juntas Arbitrales de Consumo a las que se refiere el Capítulo II del Real Decreto 636/1993, de 3 de Mayo, artículo 3 y 4. La naturaleza jurídica de las Juntas Arbitrales de Consumo no han sido estudiada hasta el momento. Pocos autores se han pronunciado sobre el tema, y los que lo han hecho sólo han tocado la cuestión de forma partical, superficial o tangencialmente, existiendo alguno que lleva a cabo el estuido de los órganos de la administración institucional de arbitraje desde la regulación de la ley de arbitraje. Otros autores, al estudiar el sistema arbitral de consumo se limitan a dar cuenta de la regulación que hace el R.D. 636/1993 y cuando aluden a las MAC dan por hecho que estamos ante un órgano administrativo sin más. Tras considerar el estudio actual de las investigaciones relacionadas con el tema que es objeto de nuestro trabajo podemos concluir que la naturaleza jurídica de las juntas arbitrales de Consumo no han despertado excesivo interés en los investigadores, lo que nos va a poder permitir realizar su estudio casi "ex novo".