Estudio selectivo de tres lustros de la práctica sustantiva y procesal de la Corte Penal Internacional

  1. LAKARRA ETXEBARRIA, JONE
Dirigida por:
  1. María Dolores Bollo Arocena Director/a

Universidad de defensa: Universidad del País Vasco - Euskal Herriko Unibertsitatea

Fecha de defensa: 05 de septiembre de 2017

Tribunal:
  1. Esperanza Orihuela Calatayud Presidente/a
  2. Juan Soroeta Liceras Secretario/a
  3. Soledad Torrecuadrada García-Lozano Vocal
Departamento:
  1. Derecho Público y Ciencias Histórico-Jurídicas y del Pensamiento Político

Tipo: Tesis

Teseo: 143791 DIALNET lock_openADDI editor

Resumen

Tras quince años de funcionamiento de la Corte Penal Internacional, los estudios teóricos sobre su tratado constitutivo han quedado atrás, siendo necesaria una aproximación a la práctica sustantiva y procesal de los aspectos más relevantes que han dado lugar al desarrollo del Derecho Internacional Penal. Su plena operatividad le ha permitido abordar ya los tres crímenes sobre los que por ahora tiene competencia, como son el genocidio, los crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra. Los casos ya juzgados y los que están en proceso contribuyen a una mayor clarificación de la interpretación y aplicación de estos crímenes, tanto a sus elementos contextuales como a los actos materiales, entre los que destacan especialmente los de violencia sexual y de género. Desde la perspectiva procesal, el principio de complementariedad, en virtud del cual la CPI sólo actúa cuando los Estados no ejercen su jurisdicción penal, demuestra ser de compleja aplicación, especialmente en aquellos escenarios en los que los Estados quieren juzgar en sede nacional. Asimismo, si bien todas las vías para la activación de su competencia han sido empleadas, las investigaciones derivadas de remisiones del Consejo de Seguridad son aquéllas en las que la CPI encuentra mayores obstáculos para avanzar debido a la falta de cooperación de los Estados en materia de arresto y entrega. A pesar de los retos que enfrenta, la creciente adhesión estatal al Estatuto muestra que esta joven organización es un actor necesario y de primer orden en la lucha contra la impunidad de las atrocidades que atentan contra los intereses de toda la comunidad internacional.