Las mujeres en el sistema constitucional de seguridad social

  1. Antón Gómez, Ana Belén
Zuzendaria:
  1. María del Mar Esquembre Cerdá Zuzendaria
  2. José Asensi Sabater Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante

Fecha de defensa: 2006(e)ko uztaila-(a)k 28

Epaimahaia:
  1. Julia Sevilla Merino Presidentea
  2. Margarita Soler Sánchez Idazkaria
  3. Eva Martínez-Sampere Kidea
  4. Asunción Ventura Franch Kidea
  5. Jasone Astola Madariaga Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 129403 DIALNET lock_openRUA editor

Laburpena

Las mujeres siguen teniendo una posición de discriminación en el sistema de la seguridad social pública española, a pesar de los avances que se han producido con el constitucionalismo social. Son víctimas de una desventaja encubierta derivada del contexto de la relación laboral, y como consecuencia son titulares. De una inferior protección social. Al propio tiempo, el derecho positivo implementa una menor cobertura social a situaciones de necesidad, que tienen su origen en el ejercicio de la capacidad de ser madres que únicamente pueden ejercer las mujeres. Asímismo, los efectos reales de las medidas de conciliación de la vida familiar y laboral son limitados, porque son insuficientes en su contenido y su utilización por parte de los hombres es escasa, ya que se continúa considerando las responsabilidades familiares y las tareas domésticas como funciones propias de las mujeres. El constitucionalismo social tiene la responsabilidad de promover las condiciones para que las mujeres puedan alcanzar el bienestar en su existencia, que implica la protección contra todo tipo de inseguridad material. El sistema de la seguridad social es el eje esencial del Estado social, puesto que se constituye en el instrumento para dar efectividad de los derechos a la vida, a la libertad y el respeto del a dignidad de las mujeres. De este modo, el sistema de la seguridad social es el elemento social que permitirá alcanzar los objetivos de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, a la par que proporcionará al Estado social estrategias para garantizar el reconocimiento de las mujeres como sujetos de derecho conforme a los valores y principios que lo definen.