La oficialidad lingüística según la Constitución Española, en conexión con la Unión Europea
- Arzúa Zulaica, Alfonso de
- Pablo Lucas Verdú Director/a
Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid
Año de defensa: 1999
- José Iturmendi Morales Presidente/a
- Pablo Santolaya Machetti Secretario/a
- Angel Manuel Abellán-García González Vocal
- Oscar Alzaga Villaamil Vocal
- Enrique Lucas Murillo de la Cueva Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
Las lenguas, bien jurídico de obligada protección, poseen una dimensión constitucional. Se considera la legislación linguística en la Constitución Española y otras Constituciones de la Unión Europea. Las regulaciones idiomáticas son radicales o técnicas. Las Normalizaciones y Leyes de Política Linguística expresan dichas regulaciones y pueden fundamentarse en determinadas ideologías. En cuanto al derecho positivo están basadas en los Estatutos de Autonomía y estos a su vez se legitiman por la Constitución Española de 1978. Algunas de sus disposiciones son recurridas ante el T.C. Por su extraordinario y singular desarrollo normativo hago especial referencia a la normalización y política linguísticas catalana y normalización y vasquización linguística o "euskaldunización". El tema investigado es de ámbito internacional. Atañe a los derechos humanos y al plurilinguismo de los organismos internacionales. Analizo i.a. la Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa y su relación con nuestro ordenamiento autonómico. Las conclusiones enjuician la situación lingüística en España.